Apuntes sobre femicidios, feminicidios, transfemicidios y justicia

Victimas de Femicidios de Tucumán
El 14 de noviembre de 2012 se sancionó en nuestro país la ley 26.791, que modifica el Código Penal Argentino, incorporando la figura de femicidio, como agravante del delito de homicidio. 

Este 2022 se cumplieron 10 años de ese suceso jurídico político pero el término resulta “poco abarcativo para lo complejo de este delito”, señaló la coordinadora nacional del Comité de Latinoamérica y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer​ (CLADEM), Adriana Guerrero.

Si bien en el Código Pena no se acuña el término femicidio, la norma establece en el artículo 80 del mismo sea tipificado como “homicidio agravado por el vínculo”. “Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua al que matare a su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia por placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión”, tipifica el Código Penal.

Esta modificación amplió el catálogo de crímenes de odio para tutelar a grupos especialmente victimizados por cuestiones de género y orientación sexual, como las lesbianas, gays, bisexuales, transexuales, travestis, transgéneros, e intersexuales (LGBTI). “Estos conceptos son jurídicos y políticos e incluye los conceptos de violencia de género y de odio”, explica Guerrero. 

El término femicidio o femice fue propuesto en 1976 por la teórica de la segunda ola feminista Diana Russell (1938-2020) que redefinió estos crimenes como “el asesinato de mujeres por hombres por el hecho de ser mujeres”. Russell estudio la problematica de la violencia sexual en Sudafrica y realizó publicaciones sobre una amplia tipología de violencias contra mujeres y niñas.

“Los femicidios son un continuum de violencia que sufren las mujeres e identidades feminizadas que incluyen todos los tipos de violencias que conocemos: golpes, maltratos, violencia sexual, violencia psíquica y que terminan en estas muertes violentas”, detalla la coordinadora de Cladem. 

Guerrero explica que en Latinoamérica se aplica tanto el término femicidio como feminicidio pero desde Cladem proponen ahondar en las diferencias de estos dos conceptos.

Sobre feminicidio

“Feminicidio es un término latinoamericano que no solamente especifica los crímenes de mujeres por el hecho de ser mujeres sino que agrega la responsabilidad del Estado por acción o por omisión frente a las violencias que sufrimos”, explica.

Este es un concepto de la antropóloga mexicana Marcela Lagarde que lo desarrolló cuando la cifra de los asesinatos contra niñas y mujeres en Ciudad Juárez (Mexico) iban en aumento durante el periodo entre 1993 y 2006.

“La violencia está presente antes del homicidio de formas diversas a lo largo de la vida de las mujeres. Después de perpetrado el homicidio, continúa como violencia institucional a través de la impunidad que caracteriza casos particulares”, explica Lagarde.

Para Guerrero debemos empezar a usar “feminicidio” para poner la responsabilidad del Estado en el centro. “El termino femicidio es poco abarcativo para lo complejo de este delito porque no sólo el perpetrador es el culpable, hay un contexto que lo avala. En Tucumán tenemos el crimen de Paola Tacacho para ejemplificar qué es un feminicidio”.

Tacacho era una docente de inglés que denunció más de 20 veces a su agresor, Mauricio Parada Parejas, quien la asesinó en octubre del 2020 en plena vía pública en el centro de San Miguel de Tucumán y luego se suicidó. Por ese crimen fue destituido por juicio político el juez Francisco Pisa por no fallar con perspectiva de género y absolver a Parada Parejas en una de las causas.

“El rol del Estado con su presencia o su ausencia son las que facilitan este tipo de asesinatos y en este momento es clave empezar a profundizarlo. No puede quedar como una consigna vacía  ́el Estado es responsable´. Debemos resaltar quiénes son esos agentes como en el caso de Noelia Sosa en el que la policía no le tomó la denuncia y ella terminó suicidándose”, esgrime la coordinadora de Cladem.

La muerte de Noelia en la ciudad de Trancas se trataría de un “suicidio feminicida” que no esta tipificado en nuestro país pero serían aquellos suicidios que se dan en un contexto de violencia. La joven era víctima de violencia de género e intentó denunciar al agresor, sin embargo la Policía de Trancas “por falta de personal” no le tomó la denuncia. Ella volvió a su casa y terminó con su vida.  

“Los policías no están capacitados, están incumpliendo con la ley porque no la conocen o no les interesa, por qué nadie controla que se hayan capacitado o por qué no tienen el presupuesto suficiente para las capacitaciones. Producto de esta omisión es que existe un clima de impunidad que estas situaciones sigan repitiendo”, afirma Guerrero. 

Justicia transodiante

Durante los últimos dos años sucedieron dos juicios por transfemicidios y travesticidios en Tucumán que tuvieron fallas similares: falta de investigación en clave de género. 

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Familia de Cynthia Moreira

En junio del 2021 se realizó el juicio por el transfemicidio de Alejandra Benitez en donde el tribunal conformado por la Jueza María Balcazar (presidenta), el juez Rafael Macorito y la jueza Isabel de los Ángeles Méndez resolvió absolver por el “beneficio de la duda” al único acusado del crimen Ricardo Puenzo.

Balcazar explicó hace unas semanas durante un conversatorio con Andhes y Cladem en el Centro Cultural Virla que “no se puede condenar sin pruebas” a nadie y que la investigación “no se realizó de manera adecuada”. 

En la absolución del único imputado, el Tribunal señaló al Ministerio Público Fiscal, a cargo del fiscal Carlos Sale, por las deficiencias en la investigación que demostraran que Puenzo fue el autor de los seis disparos que mataron a la joven y que hirieron a otra persona. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán anuló el fallo absolutorio y habrá un nuevo juicio. 

En septiembre de este año se produjo el juicio por el transfemicidio de Cynthia Moreira donde el Tribunal también absolvió al único imputado, Ramón Antonio Soria. Hace 4 años la familia de Cynthia busca pruebas para encontrar respuestas en la Justicia tucumana. 

“Tanto en el juicio de Alejandra como el de Cynthia fueron en contextos de vulnerabilidad y de delitos atravesados por esa vulnerabilidad que rodea a las personas trans. Los abordajes de género también tienen que estar presentes en la investigación porque lo que rodea a estos crímenes son ese continuum de violencia que sufren las mujeres trans”, explica Guerreo. 

Para Guerrero se debe hacer una diferencia sobre los contextos que viven las mujeres trans y las mujeres cis: ”Las personas trans muchas veces se quedan sin hogar, el mercado laboral les es negado y son discriminadas en muchos lugares”.

“Como ya hemos estudiado mucho los contextos de violencia de género en donde las mujeres cis son las principales víctimas, nos debemos más profundos abordajes sobre los crimenes de odio o de personas trans”, continúa. 

Por último, la coordinadora de Cladem pone el foco en la Justicia: “Necesitamos una justicia con perspectiva de género para no seguir con este sistema de impunidad. Tenemos que empezar a discutir una reforma y no discutirla solamente con las organizaciones civiles sino también con quienes son parte del Poder Judicial que son los agentes estratégicos que necesitamos”.

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