Piden el juicio político a la fiscal Giannoni

Organizaciones por los derechos de las mujeres inician el pedido de juicio político a la fiscal Adriana Giannoni “por ignorancia inexcusable y negligencia en el ejercicio de sus funciones” y por “amedrentar a los efectores de la salud” que cumplieron con practicarle una ILE a una niña víctima de abuso en Tucumán.

Organizaciones por los derechos de las mujeres inician el pedido de juicio político a la fiscal Adriana Giannoni “por ignorancia inexcusable y negligencia en el ejercicio de sus funciones” y por “amedrentar a los efectores de la salud” que cumplieron con practicarle una ILE a una niña víctima de abuso en Tucumán.

La Fundación Mujeres X Mujeres, con la adhesión de la organización nacional de Católicas por el Derecho a Decidir Argentina, pidió el juicio político a la Fiscal Adriana Del Carmen Giannoni, a cargo público en la Fiscalía de Instrucción Especializada en Homicidios del Poder Judicial de Tucumán, por iniciar una investigación penal contra los médicos que practicaron una ILE en el Instituto “Nuestra Señora de las Mercedes”.

El argumento que esgrime es pedido de juicio es la “ignorancia inexcusable y negligencia en el ejercicio de sus funciones (art. 19 inc. 1 de la ley 8.734) y por incumplir en forma injustificada los deberes inherentes al cargo (art. 19 inc. 2 de la ley N° 8.734)” ya que abrió una investigación penal contra los profesionales de la salud del Instituto de Maternidad y Ginecología “Nuestra Señora de las Mercedes” por practicar una interrupción legal del embarazo a una niña de 14 años, víctima de abuso. Cabe aclarar este hecho no es un delito, el aborto no punible está contemplado en el artículo 86 del Código Penal desde el año 1921, además de que fue reforzado por el Fallo FAL en 2012 que remarcó lo alcances del mismo.

La investigación penal que abrió Gianonni fue caratulada como “Personal médico del Instituto de Maternidad y Ginecología Nuestra Señora de la Mercedes y otros s/ aborto” .Sobre la legalidad de estos abortos la Fiscal Adriana del Carmen Giannoni ignora los principios constitucionales de legalidad y reserva (art. 18 y 19 CN) y lo sostenido por la CSJN en Considerando N° 25 del Fallo FAL respecto de que esta práctica médica es “legal en tanto que despenalizada” y aclara que “cuando el legislador ha despenalizado y en esa medida autorizado la práctica de un aborto, es el Estado, como garante de la administración de la salud pública, el que tiene la obligación, siempre que concurran las circunstancias que habilitan un aborto no punible, de poner a disposición, de quien solicita la práctica” detalla el pedido de juicio plasmado en el Expte. N° 104-JP-19.

Según afirma la fundación, la Fiscal comenzó esta causa en busca de “amedrentar a los efectores de la salud, vaciar de contenido políticas públicas centrales para la salud integral y la autonomía de niñas, adolescentes y mujeres tucumanas y así, avalar desde un lugar de poder dentro del Ministerio Público Fiscal la violación de los derechos, las violencias en la atención de la salud y las maternidades forzadas en base a decisiones heterónomas que afectan la salud, la dignidad, igualdad, la libertad y la soberanía reproductiva”.

Una Fiscal que utiliza espuriamente la acusación pública para convertir en delito aquello que no cuadra su moral sexual restrictiva o aquello que considera que es “pecado”, denota ignorancia inexcusable de derecho, negligencia en el cumplimiento de deberes y una inaceptable ideología parcializada que le impide ejercer sus funciones democráticas de forma laica” profundizan desde la organización que preside la abogada Soledad Deza.

Por último, señalan que “Laicidad y derecho es un binomio indivisible no sólo para la administración de justicia o la defensa y acusación pública, sino también para la incorporación de la perspectiva de género en los Poderes del Estado”.

La fiscal Giannoni es una declarada antiderechos, protagonizó otras investigaciones como las de la causa iniciada contra los médicos José Gigena y Cecilia Ousset, quienes garantizaron la interrupción legal del embarazo en el caso “Lucía” a pedido expreso del SIPROSA. En este fue apartada por una resolución de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán.

Fuente: MujeresporMujeres.org

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