La Corte Suprema de Tucumán apartó a Giannoni de la causa de los médicos del Caso Lucía

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán ratificó el apartamiento de la fiscal Adriana Giannoni de la causa que juzga a los profesionales que le practicaron la ILE a Lucía, la niña de 11 años violada por la pareja de su abuela que quedó embarazada.

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán ratificó el apartamiento de la fiscal Adriana Giannoni de la causa que juzga a los profesionales que le practicaron la ILE a Lucía, la niña de 11 años violada por la pareja de su abuela que quedó embarazada.

La Cámara de Apelaciones Enrique Pedicone había dejado afuera a Giannoni de la investigación de los ginecólogos – José Gijena y Cecilia Ousset– que interrumpieron el embarazo de la niña “por temor fundado de falta de objetividad”. Pero la fiscal pidió que la Corte Suprema de Tucumán revise la medida.

Cabe recordar que la denuncia contra Gijena y Ousset fue impulsada por sectores antiderechos y avalada por Giannoni para iniciar una investigación por homicidio cuando los profesionales sólo garantizaron una practica legal prevista para los casos de abuso.

Las organizaciones Andhes y Cladem habían recusado a Maggio por su “vinculación explícita y reconocida con el Arzobispado de Tucumán” y cuestionado la parcialidad de la fiscala porque su “posicionamiento político/ideológico no le permitiría actuar según las leyes actuales ni respetando los Tratados Internacionales de Derechos Humanos”. Pedicone hizo lugar a estos pedidos y ahora el máximo tribunal de la provincia lo ratificó.

La sentencia de la Corte es una demostración de que el Máximo Tribunal no avala la persecución ideológica en contra de lxs médicxs que garantizaron la ILE a Lucía, la niña de 12 años embarazada producto de una violación a la cuál el Estado le vulneró sus derechos durante casi un mes”, consideraron desde las organizaciones.

En este sentido, las ONGs le reclamaron al Estado que “cesen los obstáculos y las violencias institucionales que enfrentan las niñas y las adolescentes embarazadas productos de violencia sexual para acceder a la interrupción legal del embarazo en Tucumán, en particular, pero en la Argentina, en general. También exigimos que se deje de criminalizar la práctica y perseguir a profesionales que garantizan derechos”.

A Giannoni le queda una instancia más de apelación, la de la Corte Suprema de la Nación. Cumplido ese paso, se debería designar una nueva fiscalía a cargo de la causa de los médicos.

La demanda de las organizaciones que defienden a Gijena y Ousset exigen que se cierre la investigación porque no existe delito. “Ambos profesionales respondieron a un llamado del Sistema Provincial de Salud (Siprosa) para que garanticen el cumplimiento de una interrupción legal de embarazo. Esta decisión de la Justicia es una bocanada de aire y de esperanza para que en Tucumán comiencen a respetarse los derechos de las niñas”, concluyeron.

La presentación de Amicus

A finales de octubre, el Instituto Nacional de las Mujeres presentó ante la Corte Suprema de la Provincia de Tucumán un Amicus Curiae en apoyo a los médicos Cecilia Ousset y José Gigena.

La acción judicial del INAM aporta argumentos para sostener la necesidad de apartar a la Fiscal, a la vez que insta a todo el Poder Judicial, Ministerio Público Fiscal y de la Defensa a que se capacite en perspectiva de género. Para esto la Ley Micaela resulta fundamental.

En el escrito firmado por la Directora Ejecutiva del organismo, Fabiana Tuñez, señala que “Durante más de un mes la Provincia de Tucumán invisibilizó la voluntad de la niña T.A.S. Garantizó su derecho a ser oída para luego comenzar con maniobras dilatorias que generaron una negativa a un derecho que la amparaba. Esto se corrobora tanto al no garantizar que profesionales del Sistema Provincial de Salud llevaran adelante la práctica y al permitir la persecución penal de quiénes se presentaran a garantizar tal derecho. No es admisible que se inicien actuaciones penales de oficio en forma preventiva, los deberes del Ministerio Público Fiscal se encuentran consagrados en su Ley Orgánica”.

Los ginecólogos “actuaron en el marco de la ley conforme establece el Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo (Resolución 65/2015 del Ministerio de Salud de la Nación). La práctica de la ILE fue en forma posterior a evaluar a la niña T.A.S. y en profundo respeto de los derechos que la amparan. (…) Por lo tanto, se solicita a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán que proceda a hacer lugar a la recusación formulada por la defensa de la Dra. Cecilia OUSSET y del Dr. José Alberto GIGENA” destaca el Amicus.

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