Se confirmó la sentencia del transfemicidio de Ayelén Gómez: denuncian que no respeta la Ley de Identidad de Género

La Justicia condenó a 12 años de prisión a Adrián Miranda por el delito de “Homicidio Simple” de Ayelén Gómez. El viernes se conoció la sentencia: en la misma no se respeta la Ley de Identidad de Género y se nombra en masculino a testigas y Ayelén en 14 oportunidades.

Desde Andhes, querellante en la causa, exigieron un proceso judicial reparatorio, respetuoso de la identidad de la víctima y con perspectiva de género.

Luego de un juicio abreviado llevado a cabo el Lunes 27 de septiembre, la Sala Conclusional I condenó a 12 años de prisión a Adrián Miranda por el delito de “Homicidio Simple” de Ayelén Gómez.

Andhes insistió que el caso se trate como un transfemicidio, contemplado en la Ley de Identidad de Género y en la última reforma del código penal. Sin embargo, la causa fue caratulada como homicidio simple.

A su vez resaltaron que en la sentencia no se respeta la Ley de Identidad de Género, se nombra en masculino a testigas y Ayelén en 14 oportunidades.

Por otro lado presentaron ante el tribunal un Recurso de Aclaratoria que se fundamenta principalmente en que la sentencia del juicio abreviado incumple su propia resolución de junio de 2020 en el que ordena el cambio de caratula.

Por último, la sentencia se notificó sin darle trámite a las exhortaciones realizadas por Andhes. Se solicitó:

  1. Que se continúe con la investigación de la causa con perspectiva travesti/trans y la calificación provisoria y necesaria. Exigen que se instruya una nueva causa en la que se investigue la participación de otros sospechosos.
  2. La creación e implementación de un Protocolo de Investigación para Transfemicidios y Travesticidios.
  3. La creación de un Registro Específico que contemple las muertes violentas de mujeres trans/travestis
  4. La aplicación efectiva de la Ley Micaela.

La querella continúa exigiendo que la justicia incorpore la perspectiva de género, dando cumplimiento estricto a la LIG y haciendo lugar a las exhortaciones.

“La perspectiva de género pretende la plena realización del principio de igualdad y no discriminación. Su incorporación en los procesos judiciales es fundamental para lograr una intervención eficaz, respetuosa de derechos y un correcto análisis de contexto. Por eso es fundamental una nueva justicia que aborde estas discriminaciones y violencias como fenómenos estructurales y sistemáticos, y no como hechos aislados” afirman.

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