Por primera vez en Argentina se juzgará como delito la difusión de material intimo con fines extorsivos

El Juzgado N° 3 de La Rioja, a cargo del juez Gustavo Farías, se encuentra como escenario de un juicio por violencia de género que tiene como atenuante la difusión de material intimo con fines extorsivos. Es la primera vez que se juzgará en el país el delito de “sexoextorsión”.

El Juzgado N° 3 de La Rioja, a cargo del juez Gustavo Farías, se encuentra como escenario de un juicio por violencia de género que tiene como atenuante la difusión de material intimo con fines extorsivos. Es la primera vez que se juzgará en el país el delito de “sexoextorsión”.

La semana pasada se dio inicio al debate en el Juzgado N° 3 de La Rioja, a cargo del juez Gustavo Farías, el juicio que tiene como denunciado al tatuador Patricio Pioli por los delitos de “lesiones leves y calificadas” que perpetuó a la joven Paula Sanchez Frega.

“El otro delito que se le imputa a es el de coacción, teniendo en cuenta que en el marco de la pareja se filmaron teniendo relaciones sexuales y que estaban en el teléfono de Pioli” comenta a este medio el abogado de la querella, Sebastián Andrada.

“Este material lo usó para amenazar a Paula que si se terminaba la relación, él iba a divulgar la fotos, cosa que a futuro termina sucediendo” agrega el abogado.

Si bien la difusión de material intimo con fines extorsivos no forma parte de un delito en sí, el proyecto de ley busca incorporar la figura de “pornovenganza” o “sexoextorsión” en el Código Penal. Se incorporaría en el Art. 155 Bis y aumentaría las penas de 6 meses a 4 años de prisión a quien publique o difunda imágenes o vídeos de contenido sexual o erótico de terceras personas a través de medios de comunicaciones electrónicas, aun habiendo existido acuerdo entre las partes involucradas para la obtención o suministro de ese material.

“El delito que se le imputa a Patricio es tener ese contenido en su poder y que lo utilizara para que Paula hiciera algo en contra de su voluntad, como ponerle fin a la relación o continuarla” afirma el abogado. Si logra juzgarse este atenuante sería un precedente importante en la incorporación de los ciberdelitos que la ley argentina no contempla.

El miércoles pasado, en la primera jornada de debate, Paula relató la violencia que vivió mientras se encontraba en pareja con el tatuador. “Ellos tuvieron una relación de parejas de ocho meses, durante los primeros cuatro meses fue una relación buena pero durante los últimos cuatro fue bastante difícil, dura y con muchos episodios de violencia, física como psicológica” comenta Andrada.

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Activistas feministas acompañaron el inicio del juicio. Foto de Manuela Calvo

De la prisión domiciliaria al servicio penitenciario

Una de las primeras medidas que tomó Andrada para proteger a la defendida fue la de pedir la revocación de la excarcelación “por violar el pedido de la Justicia riojana de que no podía ausentarse de la provincia” cuenta el abogado.

“Tomamos conocimiento de que efectivamente violó este pedido y se presentó a una convención de tatuajes en San Juan. Nosotros labramos un acta con escribano público y adjuntamos las prueba, el Juez hizo lugar y dispuso la prisión domiciliaria” contó.

Luego Andrada encontró “videos subidos a sus redes sociales mostrando una actitud desafiante y burlesca para con la justicia” e hizo un nuevo pedido para que espere la sentencia en el Servicio Penitenciario Provincial, a lo que el juez Farías hizo lugar hoy.

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Patricio Pioli

Una condena de prisión efectiva

El estado de salud de Paula es estable “pero lleva consigo un padecimiento y son temas que tardarán mucho en sanarse. Tiene estrés postraumático que le impide desarrollarse de manera normal en su vida diaria”.

La “sexoextorsión” puede provocar grandes daños en las víctimas. Algunas se desprotegidas, humilladas y ridiculizadas, lo que trae serios perjuicios para su normal desenvolvimiento y bienestar psicofísico.

“Como querella estamos pidiendo una condena de prisión efectiva pero no porque se nos antoje, sino que el desobedeció ordenes judiciales y aunque este en un proceso judicial sigue perjudicando a Paula, no solo divulgando fotografías sino también información privada causando mayores daños. Dada la peligrosidad y la conducta de él esperamos una sentencia condenatoria ” detalla Andrada.

Revictimización en los medios

Pioli tiene actitudes completamente lascivas hacia Frega. En una entrevista en FM Pueblo de La Rioja a principios del mes de octubre reveló “detalles íntimos de otros abusos que padeció Paula y que ella se los contó en la intimidad” sostiene el abogado.

“Él divulga estos temas en un medio radial y también hay una transmisión en vivo” que aún no se dio de baja, aclara. “Denunciamos a Pioli por estos delitos de desobediencia”. Estos dichos vulneran la integridad de la denunciante pero también se trata de una estrategia jurídica por parte de la defensa del tatuador.

Tal como pasó en otros casos de violencia como el de Thlema Fardín, los medios dan lugar a que los denunciados arremetan libremente contra las denunciantes, pongan el foco en sus vivencias y hagan mella en desacreditar a la víctima. “La estrategia de la defensa de Pioli es decir que todo el padecer psicológico de Paula es anterior a su relación con el denunciado” asegura Andrada.

Por último, la querella aclara que en la primera audiencia se pudo demostrar, a través del profesional que trata a Paula, que las afecciones psicológicas se identificaron a partir del momento de la relación con el tatuador Patricio Pioli.

El caso de Paula se enmarca en los nuevos delitos que la justicia argentina debe tipificar y que contienen agravantes aún mayores cuando se trata de violencia de género. Según datos de la Asociación Argentina de Lucha Contra el Cibercrimen (AALCC) recibió en los últimos dos años casi 650 denuncias por “pornovenganza” y alrededor de 3.500 por “sextorsión”. El dato demuestra que estos delitos se incrementaron un 20% y un 35%, respectivamente, aunque no siempre llegan a la justicia por el nivel de “exposición” que implican.

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