Violación y maternidades forzadas en Latinoamérica: la lucha por los derechos de las niñas y jóvenes

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Por Julieta Santillán Juri

El pasado 13 de junio, el Comité de los Derechos del Niño se pronunció sobre el caso de “Camila”, una niña de Perú de 13 años que fue violada por su padre y quedó embarazada. Este caso pone en evidencia la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos de niñas y jóvenes en América Latina.

Atravesadas por esta situación, se hace preciso revisar algunos de los casos de vulneración de derechos y específicamente de Derechos Sexuales y (no) Reproductivos en contra de niñas y jóvenes de Latinoamérica. 

Repasar estos casos trae consigo el deber de recuperar esas decisiones explícitas de las niñas y jóvenes que no fueron escuchadas ni valoradas en cada momento: “No quiero tener un hijo de mi papá”, “Quiero que me saquen lo que el viejo me puso adentro” y “yo no quisiera que lo que yo he tenido que vivir les ocurra a otras mujeres”. 

En los últimos años, en nuestro país y en toda América Latina, las organizaciones de mujeres empezaron a poner la lupa en datos preocupantes: los embarazos de niñas. Y detectaron, además, que en la mayoría de los casos son embarazos forzados. O sea, por un lado esas niñas quedan embarazadas producto de violaciones y luego son obligadas a parir. El caso de Camila se suma a los casos donde organizaciones de la sociedad civil  presentan estas situaciones ante las Naciones Unidas, y evidencian cómo la violencia sexual, los embarazos y las maternidades forzadas componen una serie de violaciones a los derechos humanos de las niñas y jóvenes de Latinoamerica. 

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Tres que son miles 

Lamentablemente el caso de Camila no es el único en donde se pueden ejemplificar arduas violaciones de derechos humanos, donde los sistemas de protección de cada país fallan tanto que producen daños irremediables. 

Los casos de Beatriz en El Salvador y de Lucía en Argentina también se suman en esta lista. 

Camila nació en Huanipaca, departamento de Apurímac, una zona rural de la sierra peruana. En el año 2017 tenía 13 años pero desde los 9 años fue violada por su padre hasta que quedó embarazada como consecuencia de las reiteradas vulneraciones sufridas. Desde allí, continuó un camino de dilaciones y abusos esta vez por parte del Estado Peruano. Camila fue llevada por un familiar a un hospital de Abancay donde dijo en más de una oportunidad y de manera explícita a los agentes de salud que no quería tener un hijo de su padre ni estar embarazada.

En Perú el aborto está penalizado salvo para prevenir un riesgo para la vida o un riesgo grave y permanente para la salud de la madre. Con esto en conocimiento, diferentes profesionales de la medicina la visitaron, ya que su estado de salud estaba empeorando, sin embargo nunca le informaron sobre su derecho a solicitar el aborto terapéutico. Al hacerse eco de esta situación, una ONG de Perú se acercó a la niña informándole sobre su derecho, con lo cual Camila solicitó el acceso al aborto terapéutico y la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) a la fiscal que estaba a cargo de la investigación penal por violación para que se designara un centro de salud que evaluara su caso. Una vez más esas respuestas nunca llegaron. 

Tras tener un aborto espontáneo, Camila fue acusada y condenada por autoaborto sin más pruebas que sus repetidas declaraciones de que no deseaba proseguir con el embarazo. Camila sufrió una serie de maltratos y negligencias por parte de las autoridades encargadas de protegerla. A pesar de ser una víctima de agresión sexual e incesto, fue considerada como una “adolescente infractora” y se le obligó a asistir a la escena del crimen junto con su agresor. Esta revictimización y falta de protección adecuada violaron sus derechos fundamentales y le causaron un profundo daño psicológico. 

Lucía tenía 11 años en 2019 cuando quedó embarazada producto de las constantes violaciones recibidas por el novio de su abuela. Vivía en el límite de Tucumán con Santiago del Estero y Salta, en un pueblo con menos de mil habitantes, al norte de Argentina. Lucía solicitó una interrupción legal del embarazo y el Estado se la negó. La niña manifestó, en reiteradas oportunidades, que quería interrumpir el embarazo, incluso en Cámara Gesell durante el proceso judicial iniciado como consecuencia del abuso.

Ahí, nuevamente empezó la lucha para acceder a sus derechos. “Quiero que me saquen lo que el viejo me puso adentro”. Con sus palabras, la niña dejó clara su voluntad. Esa misma noche la internaron en el hospital. Y su mamá insistió para que le practiquen un aborto a la niña. Ya habían pasado dos semanas desde que intervino el sistema provincial de salud. Lucía hasta entonces, estaba siendo sometida al suministro de una medicación que buscaba una maduración del feto, sin explicación e información a la niña ni a su madre. Toda esta situación obstaculizó el ejercicio de los derechos de la niña y tuvo como consecuencia que la única opción viable para el resguardo de su vida, según los profesionales que finalmente intervinieron, fue llevar a cabo una micro cesárea, en base al criterio de los médicos debido a su delicado estado de salud, diferente al que en su momento había informado el hospital.

Beatriz en la época de los hechos tenía 20 años y vivía en extrema pobreza en el Cantón La Noria Tierra Blanca, municipio de Jiquilisco, El Salvador. Tenía diagnóstico de Lupus Eritematoso Sistémico, nefropatía lúpica y artritis reumatoidea. Beatriz quedó embarazada por primera vez en julio de 2011. Durante este primer embarazo, tuvo que ser hospitalizada por diversas enfermedades crónicas. En febrero de 2013 se le diagnosticó un segundo embarazo de once semanas el cual se informó que era de alto riesgo. Luego le diagnosticaron que existía una malformación congénita del feto con anencefalia, condición incompatible con la vida extrauterina. Se le indicó que si el embarazo avanzaba existía la probabilidad de que ella muriera. Ante la prohibición de aborto terapéutico en la legislación de El Salvador, la defensa legal de Beatriz presentó una demanda de amparo solicitando la interrupción del embarazo a efectos de salvar la vida de Beatriz. En este caso si dieron una respuesta, pero no fue positiva. Beatriz comenzó con trabajo de parto, por lo que debió ser sometida a una cesárea, y el feto anencefálico falleció cinco horas después. Hace casi seis años que la familia de Beatriz la enterró, tras un accidente de tráfico que le costó la vida. Con su historial médico de lupus eritematoso sistémico, nefropatía lúpica y artritis reumatoidea no pudo afrontar la recuperación de las lesiones. Junto a su familia y asistida por varias entidades feministas, solicitó poner fin al embarazo pero no pudo hacerlo, por las duras restricciones del país en cuanto al aborto.

Estos casos tomaron mucha visibilidad en la prensa latinoamericana y para los defensores de derechos humanos. Se tratan de hechos con diferentes marcos legislativos pero que se unen por haber concentrado en ellos de forma interseccional múltiples factores de vulnerabilidad, discriminación asociada a la condición de niñas, mujeres jóvenes y personas en situación de pobreza. Con maternidades forzadas, impuestas como resultado de abusos sexuales y de sistemas severos e inhumanos.  

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¿El tiempo es tirano o el tirano maneja los tiempos?

En los casos anteriormente explicados, el factor tiempo fue una de las dimensiones más importantes. Los tres coincidieron en la dilación como las principales respuestas del sistema de salud y del sistema de justicia en cada uno de sus países.

Camila y Lucia debieron pasar por una gran cantidad de controles médicos, la persecución de los mismos, repitiendo estudios y presionando a que continúen con los embarazos. Profesionales de salud imponiendo objeciones de conciencia para no atender la situación, funcionarios y funcionarias públicas intimidando para cambiar la decisión de las niñas.      

Las fiscales que tomaron los casos por las denuncias penales sobre las violaciones sufridas, viraron el foco de los hechos para puntualizar en el hostigamiento de las decisiones de las niñas sobre no querer continuar con sus embarazos. La revictimización se transformaba en moneda corriente en el transcurso de todo lo vivido. 

Sumado a los agentes del sistema de protección que deberían haber luchado por la garantía de los derechos de las niñas y no lo hicieron, grupos antiderechos, de diferentes Iglesias, fundamentalistas, autoconvocados de organizaciones “Pro-Vida” se instalaron y coaccionaron tanto a las familias como a los profesionales que estaban en contacto con las niñas para que se desista de las decisiones.

En el caso de Beatriz se tuvo que esperar 81 días para una práctica que es legal en la mayoría de los países. Le hicieron una cesárea temprana y el feto murió a las pocas horas de nacer, como se preveía. En esta situación Beatriz estaba totalmente consciente que si no le realizaban el aborto a tiempo, su vida corría peligro, esto sin duda es una forma de tortura.  

La demanda de una amparo y una medida cautelar llegó a la Sala Constitucional quienes admitieron la misma. Sin embargo tiempo después declaró que no se hacía lugar porque se consideró que no hubo conducta omisiva por parte de las autoridades que fueron demandadas.  

Las respuestas que necesitamos 

Los Estados de los países de origen de las niñas y jóvenes de las que venimos hablando no dieron una respuesta coherente y en línea a los derechos de las mismas. La necesidad fue que organismos internacionales tomen las riendas de las situaciones y puedan pronunciarse a favor de las mismas. 

Con ayuda de organizaciones de la sociedad civil Camila, Lucia y Beatriz,  llevaron sus casos ante Organismo Internacionales de Derechos. 

El Comité de los Derechos del Niño, alegando que se habían violado sus derechos contenidos en la Convención sobre los Derechos del Niño se pronunció ante el caso de Camila. El organismo examinó que en esta situación hubo “falta de información sobre los servicios de interrupción voluntaria del embarazo y de acceso efectivo a dichos servicios expuso a Camila a un riesgo real, personal y previsible para su vida y su salud. La situación se vio exacerbada por la condición de Camila de víctima de violación por parte de su padre, lo que agravó aún más las consecuencias del embarazo en su salud mental. Por lo tanto, el Comité consideró que Perú violó los derechos a la salud y a la vida de Camila.”

También expusieron:  

El Comité observó que Camila, una niña indígena y campesina víctima de violación, fue revictimizada por las autoridades sanitarias, policiales y judiciales, ya que su solicitud de aborto fue repetidamente ignorada, su hogar y su escuela fueron frecuentemente invadidos y fue procesada por autoaborto. Por lo tanto, el Comité consideró que Camila fue objeto de discriminación por motivos de edad, género, origen étnico y condición social. Consideró además que la falta de acceso de Camila a un aborto seguro constituyó en sí mismo un trato diferenciado basado en su género, que le negó el acceso a un servicio esencial para su salud, castigándola por no cumplir los estereotipos de género sobre su función reproductiva.

Además el organismo hizo expreso el pedido a Perú de despenalizar  el aborto en todos los casos de embarazo infantil, “que garantizara el acceso de las niñas embarazadas a servicios de aborto seguro y atención postaborto, especialmente en casos de riesgo para la vida y la salud de la madre, violación o incesto, y que modificara la normativa que regula el acceso al aborto terapéutico para prever su aplicación específica a las niñas.”

En cuanto al caso Lucia, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos denunció las violaciones a los derechos de la niña. La justicia tucumana, por su parte, condenó a cadena perpetua al abusador. 

Además se resolvieron dos medidas definitorias en el caso: por un lado, que el Estado garantice una casa para la familia, trabajo para su madre y educación para Lucía y sus hermanas. Por otro lado, se exigió al Poder Ejecutivo que encare campañas de concientización y prevención de esta problemática, asi como realizar un relevamiento de datos sobre violencia sexual a niñas, niños y adolescentes. 

Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso Beatriz respecto de El Salvador, relativo a la prohibición absoluta de la interrupción voluntaria del embarazo. El caso se refiere a la responsabilidad internacional del Estado por las violaciones a los derechos de Beatriz y su familia debido a la prohibición absoluta de la interrupción voluntaria del embarazo, que impidió que pudiera acceder a una interrupción legal, temprana y oportuna, ante una situación de riesgo grave a la vida, la salud e integridad personal, y de inviabilidad del feto con la vida extrauterina.

Entre algunas de las medidas cautelares y provisionales que otorgaron la CIDH y la Corte IDH expusieron que: “la criminalización de la interrupción del embarazo cuando existe incompatibilidad del feto con la vida extrauterina no logra satisfacer el requisito de idoneidad.” Se pronunciaron sobre la responsabilidad del Estado en el agravamiento del estado de salud de Beatriz y que además tuvo que soportar tratos crueles, inhumanos y degradantes. Se estableció que al criminalizar el aborto las mujeres podrían recurrir a abortos ilegales e inseguros. 

En su informe, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos concluyó que el Estado es responsable por la violación de los derechos a la vida, integridad personal, garantías judiciales, vida privada, igualdad ante la ley, protección judicial, y derecho a la salud y a la progresividad de los derechos establecidos en la Convención Americana. Asimismo, que es responsable por la vulneración de los artículos 1 y 6 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, y del artículo 7 de la Convención de Belém do Pará que obliga a los Estados a prevenir y sancionar la violencia contra la mujer. También recomienda al Estado reparar las violaciones declaradas, adoptar medidas legislativas que no sean regresivas y generar políticas públicas, programas de capacitación, protocolos y marcos guía para asegurar que el acceso a la interrupción del embarazo como consecuencia de la anterior adecuación legislativa, sea efectivo en la práctica, y que no se generen obstáculos de hecho o de derecho que afecten su implementación.

Las decisiones 

El Comité CEDAW y el Comité de los Derechos del Niño, han catalogado el embarazo forzado y los matrimonios infantiles como prácticas nocivas que afectan gravemente los derechos de las niñas. Ambos Comités, en su Recomendación General Conjunta 31, señalan que las prácticas nocivas están profundamente arraigadas en las actitudes sociales según las cuales se considera a las mujeres y las niñas inferiores a los hombres y los niños sobre la base de funciones estereotipadas.

Los obstáculos con los que se deben enfrentar las niñas y jóvenes de Latinoamérica van desde los abusos sexuales hasta las normas sociales respecto a la naturalización de la maternidad y las desigualdades en la interseccionalidad del género, la pobreza y condiciones particulares. 

Las acciones de los grupos fundamentalistas son cada vez más frecuentes y ponen en peligro la garantía de los derechos conquistados y el avance hacia la igualdad y dignidad de todas las personas. Muchas veces logran consolidar sus políticas de poder sobre los cuerpos de las personas, condensando esas significaciones taxativas en territorios exclusivamente biológicos, como por ejemplo la capacidad de gestar como obligación de hacerlo, como fin y destino único de la sexualidad y donde cualquier construcción distinta es catalogada como patología.

Por esta razón también se hace imprescindible la implementación de una ESI que promueva la detección de estas situaciones tanto para adultos como para las niñas y no dejarlas indefensas ante abusos sexuales a través del silencio. 

Los Estados deberían asumir la responsabilidad en la protección de los derechos humanos de las niñas y jóvenes, fortaleciendo los mecanismos de atención, sensibilización y prevención, y asegurando que los profesionales estén capacitado para brindar una atención integral y respetuosa. Solo a través de un compromiso real y acciones concretas se podrá garantizar un futuro seguro y libre de violencia para los niños y niñas de la región.

Queda la ilusión que a partir de las intervenciones de los organismos internacionales se generen cambios estructurales en las legislación y la implementación dentro de las instituciones de los Estados para que las niñas y jóvenes puedan acceder a un aborto seguro, dado el alto riesgo que los embarazos suponen para su salud y su vida. 

Nos queda un trayecto enorme como región latinoamericana en la conquista de derechos, pero comenzar a escuchar lo que tienen para decir las niñas, adolescentes y jóvenes con respecto a su cuerpo, aclara este camino.     

Julieta Santillán Juri

Comunicadora con perspectiva de DDHH
Asistente de Niñez y Adolescencia – ANDHES (Abogados y abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales)

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