Primer procesamiento en Tucumán por un caso de apropiación de niños y niñas durante el terrorismo de Estado

Se trata de tres ex guardiacárceles del penal de Villa Urquiza que fueron procesados como partícipes necesarios de la sustracción, la retención y el ocultamiento de Mario, quien nació en aquella unidad penitenciaria entre mayo y junio de 1976 durante el cautiverio de su madre y recuperó la identidad en noviembre de 2015.

El juez federal Fernando Poviña, subrogante del Juzgado Federal N°1 de Tucumán, dictó el procesamiento con prisión preventiva de tres ex guardiacárceles del penal de Villa Urquiza como partícipes necesarios de la sustracción, la retención y el ocultamiento de Mario, quien nació en aquella unidad penitenciaria entre mayo y junio de 1976 durante el cautiverio de su madre y recuperó la identidad en noviembre de 2015.

La decisión judicial, que hizo lugar al pedido de la Oficina de Derechos Humanos Tucumán, a cargo del fiscal federal Pablo Camuña, es el primer procesamiento que se dicta en esa provincia por un caso de apropiación de niños y niñas durante el terrorismo de Estado.

El juez federal compartió los argumentos de la fiscalía, declaró los hechos juzgados como crímenes de lesa humanidad y encuadró el caso dentro del probado judicialmente plan sistemático de apropiación de niños y niñas que se llevó a cabo desde la conducción del Estado en esos años.

Los tres procesados son Daniel Arturo Álvarez, Santo González y Francisco Alfredo Ledesma, actualmente detenidos con prisión domiciliaria por la condena por crímenes de lesa humanidad cometidos contra prisioneros y prisioneras políticas en aquella cárcel, que les fue impuesta a fines de 2014.

En base a la investigación desarrollada por la fiscalía, el juez consideró que la responsabilidad de los tres penitenciarios se encontraba acreditada por los asentamientos en sus legajos, que los ubican en el lugar de los hechos; por las consideraciones de la sentencia en la que fueron acreditadas sus participaciones en otros crímenes y, fundamentalmente, por la declaración de la madre del joven recuperado, víctima que logró sobrevivir al terrorismo de Estado y que en su testimonio “identificó a los encartados como parte integrante del grupo que la mantuvo en cautiverio y participó de la sustracción de su hijo”.

A la mujer “no le permitieron verlo ni tomar contacto con él, y pese a que siempre pensó que había tenido un varón, no lo pudo corroborar”, indicó el juez.

En efecto, la investigación judicial de este caso se inició en 2005, cuando la mujer denunció por primera vez en la fiscalía los hechos de los cuales había sido víctima entre 1975 y 1976. Sin precisar la fecha exacta, narró que fue secuestrada en el centro de San Miguel de Tucumán y luego llevada a una comisaría, a la Jefatura de Policía y finalmente al penal de Villa Urquiza.

En este último lugar, contó, estuvo siempre aislada, sin contacto con otras mujeres ni varones, y fue víctima de delitos aberrantes, que se acreditaron en el juicio por crímenes de lesa humanidad conocido como “Villa Urquiza” que concluyó con sentencia a fines de 2014. El juez destacó en el procesamiento que en aquella sentencia se probó que la víctima “no se encontraba registrada en los libros del penal, y también se acreditó la permanencia de otras personas en calidad de desaparecidas, que permanecieron en calidad de secuestradas”.

Al cabo de ese juicio fueron condenados nueve acusados por delitos cometidos contra la mujer, entre ellos Álvarez y González.

De acuerdo con los elementos de prueba recabados por la fiscalía en la investigación, cuando la mujer comenzó con trabajo de parto fue llevada a un salón y tirada sobre un colchón, “en condiciones infrahumanas”. El juez indicó que “en esas condiciones y custodiada por [una] persona nació un bebé, varón, que fue envuelto en una colcha y sustraído de la esfera de custodia de su madre”.

El niño fue entregado a un comerciante de nacionalidad española, quien lo vendió a un matrimonio de Las Parejas, Santa Fe. Con un certificado de nacimiento con datos apócrifos, estas personas lo inscribieron como hijo biológico.

A la mujer “no le permitieron verlo ni tomar contacto con él, y pese a que siempre pensó que había tenido un varón, no lo pudo corroborar”, agregó el magistrado. “Luego del parto […] le vendaron nuevamente los ojos, le colocaron algodón en sus genitales y le dieron inyecciones, que le dijeron que eran para evitar que produjera leche”, narró el juez. La mujer recuperó la libertad poco tiempo después, cuando la subieron a un camión en la cárcel y la hicieron descender a la vera de una ruta, describe la resolución judicial.

La investigación de la fiscalía pudo determinar que el bebé fue entregado al comerciante José Espinoza López, de nacionalidad española, quien por medio de Celia Magdalena Jordán y Miguel Ángel Amado, lo entregó a su vez al matrimonio compuesto por Alcides Santiago Bravo y Cecilia Magdalena Raggiardo, quienes vivían en la ciudad de Las Rosas, provincia de Santa Fe. Todas esas personas fallecieron.

Según se pudo reconstruir, Espinoza López habría recibido un pago a cambio de la entrega del niño al matrimonio Bravo-Reggiardo, quienes luego lo inscribieron como hijo biológico en base a una partida de nacimiento confeccionada con un certificado de nacimiento de contenido apócrifo firmado por el médico Manuel Pérez Solares, también fallecido. La víctima fue inscripta como nacido el 6 de mayo de 1977 en Las Parejas, Santa Fe.

El juez explicó en la resolución que en 2015, tras el fallecimiento de la pareja Bravo-Reggiardo, Mario se presentó en Abuelas de Plaza de Mayo y manifestó dudas sobre su identidad. En base al cotejo de ADN realizado por el Banco Nacional de Datos Genéticos se corroboró una probabilidad de maternidad del 99,9999% respecto de S.A.N.

Fuente: Fiscales.gob.ar

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