Un comité de expertas de la Organización de los Estados Americanos envió una carta al máximo tribunal presidido por Carlos Rosenkrantz y exigió que se revisaran las absoluciones brindadas a los imputados por el crimen de la joven marplatense.
El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (Mesecvi) envió una carta al máximo tribunal de justicia de Argentina exigiendo que revisara las absoluciones del femicidio de Lucía Pérez. Además, consideró la resolución como “una clara violación de los derechos humanos”.
La misiva fue recibida por el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Carlos Rosenkrantz, en la que expresan duras críticas al fallo absolutorio por el femicidio de la joven marplatense. En el documento, instan al máximo tribunal a rectificar la resolución judicial y a tomar “todas las medidas necesarias para proporcionar un efectivo acceso a la justicia para los familiares de Lucía y para todas las mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia, aplicando la normativa internacional de derechos humanos de las mujeres, especialmente los emanados de la Convención de Belém do Pará, las recomendaciones del Comité de Expertas y la demás legislación internacional en materia de derechos humanos de las mujeres y las niñas”.
Las especialistas en violencia de género que conforman la convención hicieron foco en el fallo absolutorio que tomó el Tribunal Oral Criminal N°1 de Mar del Plata, compuesto por los jueces Facundo Gómez Urso, Aldo Carnevale y Pablo Viñas, que le quitó responsabilidad a los imputados por el femicidio de la joven marplatense de 16 años, y remarcaron que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ratificó en distintos casos que el uso de los estereotipos de género en la actuación de los operadores de justicia representaba “una clara violación a los derechos humanos de las mujeres”.
En su carta, el Comité expresó que los criterios que fueron aplicados en la sentencia construían en la sociedad “un mensaje de tolerancia hacia la violencia contra las mujeres” y reflejaban “claros estereotipos de género utilizados para decidir el caso”. Cabe destacar que para los jueces, Lucía no era una mujer “que podía ser fácilmente sometida a mantener relaciones sexuales sin su consentimiento”, basados en los chats que la joven mantenía con sus amigas en Whatsapp. “Puede visualizarse claramente el grado de autodeterminación que tenía Lucía”, argumentó Carnevale, quien tomó la voz cantante.
Asimismo, destacaron que Farías, acusado de ser quien mató a Lucía, no impuso ninguna relación de subordinación sobre la joven menor de edad. “Lucía tenía 16 años y Farías 23, por lo que sería muy forzado hablar de una situación de desigualdad o superioridad, sobre todo teniendo en cuenta la personalidad de Lucía quien no se mostraba como una chica de su edad y que además había referido mantener relaciones con hombres de hasta 29 años”, dicta el fallo y agrega que Farías, en la previa a encontrarse con Lucía, “compró facturas y una Cindor” porque habían quedado en tomar mates. “Estas actitudes no son las asumidas habitualmente por las personas con intención de cometer un hecho tan aberrante”, celebran.
La única pena que recibieron los acusados fue por venta de estupefacientes: Matías Farías y Pablo Offidani fueron condenados a ocho años de prisión y deberán pagar una multa de 135 mil pesos. En tanto, Alejandro Maciel estaba acusado de encubrimiento pero directamente quedó libre.
“Para este Comité, los criterios que han sido utilizados en esta sentencia construyen en la sociedad un mensaje de tolerancia hacia la violencia contra las mujeres y reflejan claros estereotipos de género utilizados para decidir el caso. Recordándoles a los jueces integrantes de la Corte el compromiso de la Argentina a respetar lo establecido en la Convención, insta a la institución que usted tan dignamente preside, a rectificar esta decisión y a tomar todas las medidas necesarias para proporcionar un efectivo acceso a la justicia para los familiares de Lucía Pérez y se pone a disposición para cualquier apoyo técnico que la Corte pueda requerir”, finaliza la carta.
Fuente: Notas Periodismo Popular