Detalles de la sentencia por el caso de abuso sexual simple en Colalao del Valle

colalao del valle

A una semana de la histórica sentencia en Amaicha del Valle sobre el juicio de abuso sexual en Colalao del Valle, se conocieron los fundamentos. La jueza Stela Maris Arce consideró razonable la petición de la querella, representada por Jimena Gómez Roselló, al solicitar medidas de acción positiva para evitar la repetición de este tipo de delitos y generar un cambio cultural en la comunidad.

Puntualizó que los hechos sucedieron cuando el imputado era director del único Centro de Asistencia Primaria de Salud de la zona, y aprovechó esa condición para cometer abusos sexuales contra víctimas vulnerables. “Esta realidad nos interpela como Estado provincial a pensar acciones de prevención para erradicar y sancionar la violencia sexual y de género a las personas que vulnerables que asisten al centro asistencial”.

Además, de condenar a Eugenio H. Guantay a 3 años de prisión en diferentes modalidades por abuso sexual simple, de acuerdo al art. 119 primer párrafo del Código Penal, por el agravante de su profesión de médico y funcionario público se aplicó la pena máxima de inhabilitación de la matrícula profesional por 10 años (Art. 20 bis). Se trata de la pena más alta que establece el código penal para las inhabilitaciones.

Medidas positivas

En la sentencia, se exhorta al SIPROSA a llevar a cabo acciones positivas para evitar se repitan hechos de violencia sexual y género en el CAPS. La persona que ocupe el cargo de director/a deberá ser un/a profesional con capacitación en materia de género y diversidad, para garantizar el acceso a la salud integral de toda la comunidad.

El SIPROSA deberá realizar una capacitación intensiva durante por lo menos 6 meses a todo el personal del CAPS, que tengan por objeto desarticular estereotipos de géneros, discriminaciones hacia mujeres y niñas, y garantizar su acceso a la salud integral de las personas. Deberá efectuar un seguimiento específico de la atención sanitaria que brinde el CAPS en la comunidad.

También, ordenó que se remita un oficio al Ministerio de Educación en repuesta al pedido expreso de las víctimas que se realicen capacitaciones, talleres y reflexiones en las escuelas secundaria de la comunidad de Colalao del Valle que promuevan la prevención y erradicación de la violencia sexual, de genero, discriminaciones y violación de los derechos de personas vulnerables.

Los organismos del Estado deberán informar como se implementarán las medidas. Estas medidas son paralelas y simultáneas a las obligaciones del Estado de garantizar la ESI y la Ley Micaela.

“Está resolución judicial resulta un precedente histórico en esta Localidad, y promueve un cambio cultural en esta parte de la provincia”, expresó la abogada Gómez Roselló.

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