Coronavirus en Tucumán: hasta $30 mil serán las multas para quienes no usen barbijos en la vía pública

El Siprosa emitió una resolución por la que se dispone multas de hasta $300.000 para establecimientos públicos y privados que no cumplan con normas sanitarias vigentes. Además prevé sanciones que van desde $2000 hasta $30.000 para la población que no use barbijo en la vía pública.

Según dicta la nueva resolución del Sistema Provincial de Salud se impondrán multas por un monto máximo de $300 mil y se ejecutará la clausura total o parcial de todo establecimiento público o privado por infracciones a las normas de policía sanitaria, de medio ambiente, entre otras.

Las sanciones serán graduales en atención a la naturaleza y gravedad de las infracciones y al grado de reincidencia de las mismas, en concordancia con el texto previsto en la ley 5121 y modificatorias.

A continuación el listado de multas para cada caso

  • Entre $2000 y $30 mil de multa por incumplimiento a las recomendaciones relativas a evitar la propagación de contagios, distanciamiento social y uso de barbijo en caso de presentar síntomas
  • Entre $150 mil y $300 mil de multa por incumplimientos en la obligación a las obras sociales nacionales y provinciales de cumplir el calendario de vacunación y garantizar dispositivos de atención a sus afiliados que respondan a las medidas de aislamiento
  • Entre $2000 y $30 mil de multa para los que no tengan la declaración jurada de aislamiento social para quienes ingresen al territorio de la provincia, obligándose a realizar una cuarentena de 15 días
  • Entre $150 mil y $300 mil de multa por incumplimientos de obras sociales nacionales y provinciales y empresas de medicina prepaga del estricto cumplimiento del Plan Médico Obligatorio (PMO) y la atención domiciliaria mediante servicio de urgencias de sus afiliados para consultas de urgencia y/o mayores de 65 años
  • Entre $2000 y $30000 por incumplir la recomendación a la población del uso de barbijo o cubiertas de tela para la cara en la vía pública
  • En todos los casos, la reincidencia se considerará agravante de la sanción

Según señala el Ministerio de Salud la medida fue de acuerdo a las recomendaciones establecidas por la legislación provincial y nacional, tras la declaración de pandemia al Covid-19 por la Organización Mundial de la Salud.

Cabe señalar que el DNU de emergencia epidemiológica dictado por el gobernador Juan Manzur suspendió la realización de eventos culturales, artísticos, recreativos, deportivos y sociales de organización pública y privada, que impliquen la aglomeración o concurrencia masiva de público.

Además ordenó que todas las instituciones públicas y privadas que brinden atención al público deberán habilitar los medios (telefónicos, internet, etc) que posibiliten la obtención de turnos para asistir a los mismos a fines de evitar aglomeraciones en sus espacios comunes.

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