Se trata de La Santiago, boliche reconocido por abrir sus puertas los miércoles a la noche. El episodio ocurrió el pasado miércoles 10 en la fila de ingreso al local, en donde la joven fue separada por un guardia privado, quien le negó la entrada.

Iara Álvarez contó a través de su cuenta de Facebook la bronca que sentía por haber sido corrida de un boliche. La joven trans, integrante de asociación civil LOTO (Libertad y Orgullo Trans Organizadx), había llegado al local ubicado en Santiago al 1100 antes de las 2 am, para aprovechar la promo de entrada free. Sus amigos la esperaban dentro del boliche.
La fila de ingreso a La Santiago es una sola, tanto para mujeres como para varones, en la puerta del local se encuentra la seguridad privada que realiza un filtro al ingreso de acuerdo a los criterios del boliche. En ese momento, a un paso de cruzar la entrada, Iara fue separada de la fila por un guardia, quien le dijo que no podría ingresar. Sin más explicaciones tuvo que irse del lugar y resignar la noche con amigos.
“Todos me quedaron mirando, yo no entendí que pasaba, me fui bien vestida, tenía ganas de salir a bailar con amigos (…) me dio mucha bronca, porque hace un año fui a bailar ahí y no tuve problemas para entrar”, explica Iara a La Nota.
Desde el local bailable ni siquiera se ampararon en el usualmente mal empleado derecho de admisión y permanencia, sino que simplemente apelaron a que la decisión era del dueño. En comunicación con este medio, explicaron a través de su fan page de Facebook que desconocían la situación de discriminación ocurrida el miércoles por la noche, pero que “son medidas que se toman dentro del lugar” y agregaron que el ingreso de personas trans no está prohibido.
Paradojas: América Latina Igualitaria
El mismo día en el que Iara Álvarez no podía ingresar a un boliche por ser trans y veía, una vez más, como sus derechos eran avasallados; la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se pronunciaba a través de una opinión consultiva, sobre la Identidad de Género y el Matrimonio Igualitario.
En este documento la Corte reiteró su jurisprudencia constante en el sentido que la orientación sexual y la identidad de género son categorías protegidas por la Convención Americana de Derechos Humanos, por lo tanto está proscrita cualquier norma, acto o práctica discriminatoria basada en estas características de la persona.
A la vez, la CIDH se refirió a aquellos países en donde aún no se reglamenta el acceso pleno a los mismos derechos y el respeto a las identidades, “su orientación sexual, su identidad de género o su expresión de género, reales o percibidas, no puede ser considerado como un argumento válido para negarles o restringirles sus derechos humanos o para perpetuar y reproducir la discriminación histórica y estructural que estos grupos o personas han sufrido”. Así, la corte instó a los países latinoamericanos a garantizar la igualdad en sus legislaciones y en las vidas reales y cotidianas.