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El Programa Integral de Reconocimiento de Períodos de Aportes por Tareas de Cuidado visibiliza y repara una desigualdad histórica y estructural en la distribución de las tareas de cuidado, reconociendo y valorando el tiempo que las mujeres destinaron y destinan a la crianza de sus hijas e hijos.
La directora ejecutiva de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), Fernanda Raverta, adelantó ayer en un acto que el presidente Alberto Fernández firmará la próxima semana el Decreto de Necesidad y Urgencia para reconocer años de aportes jubilatorio a mujeres que hayan sido madres o titulares de la Asignación Universal por Hijo.
El nuevo DNU deberá entrar en vigencia a partir de agosto y que, para entonces, la Anses publicará toda la información necesaria a través de sus canales de información para que mujeres que cumplan con los requisitos puedan iniciar sus trámites de jubilación
Se calcula que el 44% de las mujeres en edad jubilatoria no pueden acceder a la jubilación debido a la disparidad de inserción laboral. Estas mujeres quedan por fuera de la jubilación por no contar con los 30 años de aportes.
El Plan que beneficiará aproximadamente a 155 mil mujeres. El programa tiene tres modalidades que buscan reducir la brecha de género en materia previsional. Esta medida iguala oportunidades y genera las condiciones necesarias para que miles de mujeres puedan acceder al derecho a jubilarse.
A quiénes les corresponde
- Mujeres con hijas y/o hijos, en edad de jubilarse (60 años o más) que no cuenten con los años de aportes necesarios.
- Podrán acceder a esta medida aquellas mujeres que no cuenten con una jubilación ya otorgada o en trámite.
En qué consiste la medida
El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado computará:
- 1 año de aportes por hija/o.
- 2 años de aportes por hija/o adoptada/o.
Asimismo, reconocerá de forma adicional 1 año por hija/o con discapacidad y 2 años en caso de que haya sido beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija/o por al menos 12 meses.
Además, se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.
Esta medida de inclusión es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con las moratorias vigentes (Ley N° 24.476 y Ley N° 26.970).
Cómo realizar el trámite
Con turno previo, DNI y la o las partidas de nacimiento de hijas o hijos. Los turnos estarán disponibles a partir del 1 de agosto. Si la persona tiene hijas e hijos con discapacidad, es necesario que lleves el Certificado de Discapacidad (CUD).
Si los hijas e hijos son adoptados, es necesario presentar la sentencia de adopción.
¿Qué se puede hacer antes de solicitar el turno?
Se debe revisar si los vínculos familiares están actualizados en mi ANSES: los hijas e hijos deben estar registrados para que puedas realizar este trámite.
¿Dónde consultar si los hijos están n registrados? Ingresár a mi ANSES con tu CUIL y clave de la seguridad social. Seleccionar la opción “Información Personal” y luego “Relaciones Familiares”.
¿Qué hago alguna/o de los hijas/os no figura? Se debe actualizar los vínculos familiares presentando el DNI y la partida de nacimiento de cada uno de los hijas/os. Se puede solicitar un turno para ser atendida en la oficina de ANSES más cercana a tu domicilio.