Abuso sexual en Burruyacú: se extiende la prisión preventiva para los acusados

Así lo determinó la Dra. Carmen Rosa López Carmen López en la audiencia del día de hoy.

La Dra. Carmen Rosa López determinó que se extienda la prisión preventiva por 60 días más para Rafael Benjamín Padilla, David Nicolás Aranda y Hugo Maximiliano Decima, acusados de abusar sexualmente de una joven el 7 de marzo pasado en la ciudad tucumana de Burruyacú.

La prorroga de la prisión preventiva fue solicitada por la Dra. Alejandra Magli a cargo del Ministerio Publico fiscal acompañada por la querella de la joven denunciante, Dr. Romero Abadie, y la Jueza la otorgó este mediodía en la audiencia.

Paralelamente a estas medida y por los constantes acosos que sufre la joven denunciante por parte de los familiares de los victimarios, la Dra. López ordenó una custodia policial.

Padilla, Décima y Aranda están acusados de abusar sexualmente de una joven durante una fiesta. Ella se encontraba dormida en una habitación y estos tres hombres la atacaron. El hecho ocurrió el 7 de marzo de este año.

Fotos @fpdstuc | 23 de marzo 2021

Gracias a la visibilización del caso y la movilización del pueblo de Burruyacú lograron detenerlos inmediatamente. Hasta este momento, los acusados estaban detenidos en la Comisaría de Benjamín Araoz pero a partir de esta etapa, próximo a las audiencias de acusación y al juicio oral, serán alojados en el penal de Villa Urquiza.

En los fundamentos del pedido de la prorroga de la preventiva, el MPF recordó que entre el 14 y el 15 de octubre se realizará la audiencia de acusación y admisibilidad de la prueba. Además adelantó que pedirá la pena máxima para los acusados que son una 13 años de prisión y que el juicio sea tratado con perspectiva de género.

Por su parte, la querella apoyo el pedido de la Fiscalía y señaló que en el caso existe una asimetría de poder “por las vinculaciones de los imputados con el poder política”. Rafael Padilla es hijo del ex intendente y ex legislador provincial, David Oscar Padilla.

Prejuicios machistas y “delitos de alcoba”

Teniendo en cuenta que se acercan las audiencias de acusación, la defensa de los acusados comienza a revelar sus estrategias que van desde pormenorizar la perspectiva de género hasta señalar que el abuso sexual es un “delito de alcoba“.

La defensa de Padilla a cargo del Dr. Agustín Guerineau dudo del testimonio de la victima y que “a veces no sabía como expresarse con todas estas cuestiones de género”. Además dijo que a la víctima la vieron entrar “de manera voluntaria con Padilla”, que esa noche ella “había estado con otras personas” y luego del supuesto hecho “la victima no había dicho nada”.

“No existe mucha pruebas porque estos son delitos de alcoba y por ahí en estos proceso mucho se tiene en cuenta la declaración de la víctima, cosa que no me parece”, afirmó el abogado de Padilla.

Con estos alegatos Guerineau, por omisión u estrategia, desconoce que en los casos de abuso sexual o violencia ejercida sobre una menor el testimonio de este constituye la prueba fundamental y a veces la única de que disponen los órganos encargados de la persecución penal para establecer la realidad del hecho delictivo.

Justicia con perspectiva de género

La jueza López comenzó la sentencia respondiendo a la defensa de Padilla. Inicialmente aclaró que la perspectiva de género no es la ponderación de un derecho sobre otros, o una inocencia sobre otras, sino una mirada transversal con la que se debe afrontar estos procesos

“Sin conocer las particularidades del hecho, si los testigo vieron a la joven retirarse casa con normalidad de la casa o entrar con normalidad al cuarto con Padilla no quiere decir que el delito no haya ocurrido. En los delito de este tipo de naturaleza sexual, no podemos estereotipar y decir cuál debe ser el comportamiento de la víctima luego de sucedido el hecho o que si la vieron entrar voluntariamente al dormitorio. Incluso si hubiese ingresado y dentro de ese dormitorio, adentro del mismo podría haber dado una negativa”, explica.

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Y profundizó en el concepto: “La defensa de Padilla alega que podría haber un consentimiento, en ese caso sí podría estar el consentimiento al inicio y ese consentimiento dejar de estar presente durante el acto”.

No se pueden pedir reacciones ni heroicas ni estereotipadas de una víctima de violencia de género, como en este caso específicamente sexual” agrega.

Por último, la jueza dijo que se mantendrá la declaración de la víctima y el informe psicológico como apoyo. “Estos son materia de cargos suficientes y elementos de convicción sobre la existencia derecho y la autoría de los imputados”.

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