Las multas por el no uso de barbijo o tapaboca en los espacios públicos van desde los $2.000 hasta los $30.000.
La Ley 9240 establece las sanciones y prohibiciones y la obligación de usar tapabocas en la vía pública como así también en entidades públicas y privadas. El artículo 141 del órgano aplicativo, el ministerio de Salud, consiste en una multa que puede ir desde $2.000 a $30.000.
Así lo expuso el domingo por la noche, en conferencia de prensa, la ministra de Gobierno y Justicia, Carolina Vargas Aignasse, quien aclaró que hasta el momento ese cometido avalado por la ley 9.240 era una recomendación, pero que «ahora vamos a aplicar con contundencia esa ley, que habla de incumplimiento y de sanciones que establece la resolución 141 del Siprosa».
Por otra parte, manifestó y reprochó: «los deportes de contacto nunca fueron flexibilizados y se realizan sin embargo a lo largo y a lo ancho en nuestra provincia. No importa si se trata de lugares abiertos o cerrados»
Además, los controles serán más rigurosos de manera conjunta entre la Policía de Tucumán, el Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo (IPLA), equipos del ministerio de Seguridad y dependencias municipales.