LA TACHA| Derechos de los trabajadores docentes

Esta sección tiene como objetivo acercar a los docentes herramientas para la defensa de sus derechos, pero también elementos para el debate de los que aún faltan concretar. Capítulo a capítulo se describirá una situación específica para la comprensión de los diferentes caminos para gestionar y reclamar ante la administración.

El nombre de esta sección lleva el de una de las partes más interesantes del concurso docente para escuelas públicas, la tacha, procedimiento al que le dedicare este primer capítulo.

Por Julia Albarracín

El pasado 22 de febrero, comenzó el proceso denominado “tacha” en las diferentes Juntas de Clasificación de Educación. La tacha es un momento culmine del concurso docente porque aquí se define el puntaje anual para acceder a horas o cargos en las escuelas.

PARTES DEL CONCURSO PÚBLICO DOCENTE

Veamos las partes del concurso para que identifiquemos mejor el tema que queremos tratar:

1) Inscripción en las juntas: todos los años, las Juntas de Clasificación permiten a los docentes de todos los niveles y modalidades su inscripción para concursar por horas o cargos.

2) Publicación de padrón provisorio: una vez cerrado el llamado a inscripción, se publican los padrones con el listado de los docentes y el puntaje de sus antecedentes académicos y de formación. Es decir, los docentes son clasificados.

3) TACHA: es la oportunidad de que cada docente, una vez controlado el puntaje otorgado, se apersone en Junta para impugnarlo si considera que no concuerda con lo calculado por si mismo, también es la oportunidad de cuestionar el puntaje de los otros concursantes.

Aquí estamos, en un momento de fricción, pues se conflictúa el procedimiento, pero también es una oportunidad pertinente de interponer los recursos ante la administración para corregir el puntaje.

¿CÓMO SE LLEVA A CABO LA TACHA?

En primer lugar, hay que sacar un turno vía internet para concurrir a la junta, lo que además se hace respetando un orden alfabético que el sistema va autorizando.

Una vez otorgado tal turno, se debe concurrir el día y horario determinado. Este es un requisito ineludible para hacer la tacha, si la persona se enferma o le surge otra eventualidad, debe enviar un representante, munido de DNI y autorización para realizar la tacha en su lugar, si no asiste, la oportunidad se pierde indefectiblemente.

Una vez en Junta en el día y horario pautado, el docente procederá a mostrar la documentación que acredite el puntaje que pretende. Si así lo hace, el puntaje será corregido en ese mismo momento, si no, el puntaje permanecerá como lo determinó la Junta en el padrón provisorio.

Pero entre estos dos extremos muy claros, surgen matices que representan los breves pero intensos conflictos con las Juntas. Las razones pueden ser variadas, pudiendo enunciar las siguientes como las más comunes:

  • El curso que se pretende que se valore, no tiene el formato AREMYC: El AREMYC- hoy FORMAR- es el órgano que acreditador de cursos y también de las instituciones que pueden dictarlo. Lo que muchas veces sucede, es que los docentes hacen cursos en otras provincias o en otros países, incluso en instituciones prestigiosas como la UNT, que no están acreditados por el órgano de control, entonces el curso no es calificado.
  • El curso aun no obtuvo el certificado del AREMYC: Puede resultar obvio, pero no es ocioso remarcar que, si los cursos no tienen certificado final, no se aceptan simples constancias para hacerlo valer entre los antecedentes en el momento de la tacha.
  • Se pretende la inscripción en materias o cargos: el momento de la inscripción es único e irrepetible, por lo tanto, si no se cargaron bien lo datos que se requerían, tendrán que existir pruebas contundentes en el momento de la tacha para poder revertir esa situación.

Una vez que se traba el conflicto, es decir que el docente y quien representa a la administración no llegan a un acuerdo, sentados frente a frente en una pequeña mesa en una de las Juntas, cuestiones como la retórica o el carácter asumen importancia a fin de insistir en su resolución. Pero tal escena no puede perdurar demasiado, pues como se indicó, las Juntas otorgan turnos que deben respetarse. Entonces lo que el docente debe hacer es firmar en disconformidad, adelantando su posición y presentar en el plazo determinado por la ley su impugnación fundada, si no lo hace perderá, hasta la próxima inscripción, su derecho a cuestionar el puntaje otorgado.

¿QUÉ PASA SI NO FIRMA EN DISCONFORMIDAD?

Como se indicó anteriormente la firma en disconformidad solo adelanta una posición impugnatoria, pero no es la impugnación, pues esta solo se formaliza con los fundamentos, por lo tanto, la firma en disconformidad no es un requisito para presentar la impugnación, es un recaudo que se aconseja. Es decir que, si no se firma en disconformidad, no se perdió el derecho, aun puede presentarse el interesado a formalizar la impugnación en el plazo que indica la ley.

4) Publicación del padrón definitivo: Después de la tacha y de las posibles impugnaciones que se presenten, se publica el padrón definitivo, en el que se transparentara el resultado de las impugnaciones realizadas.

Hasta aquí un pantallazo del concurso docente y la tacha especialmente, con la seguridad de que se dispararan muchos interrogantes para que esta labor continúe.

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