El subdirector de Rentas, Juan Fernández, recordó que el 31 de mayo vence el segundo tramo de la moratoria de Rentas. Conocé los beneficios y las condiciones.
La Dirección General de Rentas de la Provincia (DGR) recordó a los contribuyentes que el 31 de mayo vence el segundo tramo de la moratoria provincial. En consecuencia, el viernes es la fecha límite para acceder a esta etapa del beneficio, en la que la reducción de los intereses alcanza un 80%, es hasta el 31 de mayo. Sin embargo, la prórroga para el pago de impuestos mediante la moratoria cuenta con un tramo más y tiene vigencia hasta el 28 de junio.
“La moratoria se inició el 1 de abril y finaliza el 28 de junio. Este viernes finaliza el segundo tramo que tiene una serie de beneficios”, dijo el subdirector de Rentas, Juan Fernández.
“La moratoria está dividida en tres que tienen que ver con los beneficios y la condiciones”, explicó.
El funcionario comentó que “hasta el 15 de mayo tuvimos unos 25 mil planes que han sido emitidos, el 90% corresponden a impuestos inmobiliarios. El 47% de los planes se realizaron mediante planes generados de contado en una sola cuota y el resto financiados. Estamos teniendo un resultado muy importante, sobretodo en los patrimoniales”.
Fernández dijo que quienes no se acojan en este tramo que termina el viernes tendrá la posibildiad de hacerlo en junio.
“Durante mayo el beneficio tiene la reducción del 80% de los intereses si el pago es de contado, el 70% si hace un plan de facilidades de pago que termina este año y un 60% si excede a este año. En junio se van a reducir los beneficios y las condiciones”, precisó.
Fernández también comentó que la vigencia de la moratoria, en cumplimiento del control de la administración sobre los morosos, no suspende las acciones judiciales.
¿Qué deuda comprende?
Deudas vencidas y exigibles al 28/2/2019 en concepto de tributos, intereses, recargos y multas.
Requisitos para acceder a la moratoria
Para acceder a la moratoria es necesario tener cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias que venzan a partir del 1 de marzo hasta la fecha de acogimiento al régimen.
El segundo tramo de la moratoria tiene mayores beneficios respecto a los que serán en junio. Con pago de contado la reducción de intereses será del 80%. En caso de que el contribuyente formalice un plan de pago que no exceda el mes de diciembre de 2019 será del 70% y en caso de exceder del 60%”. En cambio, comentó, que en junio la reducción de intereses será del 70, 60 y 50% respectivamente.
Moratoria en números
- Hasta el 15 de mayo se presentaron y admitieron 24.500 planes.
- El 90% corresponde a los impuestos Automotores y Rodados e Inmobiliario.
- El 47% de los planes se hicieron con el mecanismo un pago de contado.
- El 53% de las adhesiones se desarrolló con pagos en cuotas.
Cantidad e importe de pagos parciales o cuotas
Inmobiliario y Automotores y Rodados: Hasta 48 pagos parciales o cuotas sin garantía. Importe mínimo de cada pago: $100.
Ingresos Brutos y Salud Pública: Hasta 36 pagos parciales o cuotas sin garantía. De 37 a 48 pagos parciales o cuotas con garantía. Importe mínimo de cada pago: $300.
Impuesto de Sellos y Tasa al uso Especial del Agua: Hasta 24 pagos parciales o cuotas. Importe mínimo de cada pago: $300.
Retenciones y Percepciones no efectuadas: Hasta 36 pagos parciales o cuotas sin garantía. De 37 a 48 pagos parciales o cuotas con garantía. Importe mínimo de cada pago: $1.200.
Percepciones practicadas y no ingresadas: Hasta 14 pagos parciales o cuotas. Importe mínimo de cada pago: $3.000.
Retenciones practicadas y no ingresadas: Hasta 10 pagos parciales o cuotas. Importe mínimo de cada pago: $3.000.
Multas: Hasta 24 pagos parciales o cuotas. En el Impuesto de Sellos (multa art. 286 CTP) 18 pagos parciales. Importe mínimo de cada pago: según el impuesto que la origina.
¿Qué normativas rigen sobre la moratoria?
Está normada por la Ley N° 8873 y RG (DGR) N° 64/16. Restablecida por Ley N° 9167 y RG (DGR) N° 24/19 respectivamente./LV12