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El 30 y 31 continúa la audiencia pública sobre educación religiosa en Salta convocada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación convocó a una audiencia pública para escuchar la opinión de todos los interesados antes de resolver sobre el recurso de amparo colectivo que iniciaron padres y madres de Salta para que la enseñanza religiosa deje de ser obligatoria en las escuelas públicas.
El máximo tribunal del país ya tuvo dos jornadas para escuchar a los oradores el 16 y 17 de agosto, y tendrá dos más el miércoles y jueves de esta semana. El último día del mes expondrán los demandantes y el Gobierno de la Provincia.
Amparo colectivo
Mediante un amparo colectivo, iniciado por la Asociación de Derechos Civiles y un grupo de madres salteñas contra el Estado Provincial – Ministerio de Educación de Salta-, se busca que se declare la inconstitucionalidad de las normas que en la provincia establecen la enseñanza religiosa como materia obligatoria en las escuelas públicas.
Los demandantes sostienen que, tal como es aplicada, la Ley de Educación de Salta (ley provincial 70546) y ciertas disposiciones de la Dirección General de Enseñanza Primaria de la provincia imponen “el adoctrinamiento de menores en la religión católica aun cuando sus padres poseen otras creencias“.
La organización y los padres que se oponen a esta práctica recurrieron a la Corte Suprema de la Nación argumentando que la educación religiosa en la escuela pública durante el horario escolar y como parte del plan de estudios, trae aparejadas prácticas que lesionan los derechos constitucionales a la libertad de religión y de conciencia, a la igualdad, a la no discriminación y a la intimidad.
Destacan que la normativa salteña “genera una fuerte estigmatización de los estudiantes que no profesan la fe católica, ya que son excluidos de la enseñanza curricular” y advierten y añaden que “tal situación atenta contra la libertad religiosa, tanto para quienes profesan otras religiones como para quienes no profesan ninguna”.
En defensa de la educación laica
Celia Debono, abogada tucumana representante de Cladem (Comité de América Latina y el Caribe para la defensa de los derechos de la mujer), presentará mañana un Amicus Curiae ante la Corte Suprema de Justicia en defensa de la laicidad en la educación.
La causa se inició en 2010, “cuando se sancionó la ley de educación de Salta, en 2008, se dictó un decreto reglamentario que establece la obligatoriedad de la enseñanza religiosa en las escuelas públicas. A partir de ese hecho, una asociación de los derechos civiles y un grupo de madres, se presentó con un amparo para pedir la suspensión de la enseñanza católica debido a múltiples actos discriminatorios que ocurrieron en el seno de muchísimas escuelas salteñas. Están los relatos de los chicos que vivieron las situaciones de discriminación.”, comento la Dra. Debono consultada por La Nota.
En junio de 2010, se presentó un amparo colectivo en la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso y Administrativo, a cargo del Juez Domínguez, quien en 2012 hizo lugar y dictó la suspensión de la reglamentación por considerarla inconstitucional.
Cladem comenzó a acompañar en esa instancia con un amicus curiae, que planteaba la inconstitucionalidad de la norma. El Estado salteño apeló a esta resolución judicial y se pasó a la Corte Suprema de Justicia. En primera instancia, la CSJ rechazó el fallo de primera instancia y exigió que se vuelva a aplicar la enseñanza religiosa obligatoria en escuelas públicas. Por ese motivo se presenta un nuevo recurso extraordinario.
“La norma es inconstitucional”
Más de 40 personas y organizaciones se presentaron acompañando la acción judicial. Cladem participará de la audiencia oral que se realizará mañana a partir de las 10, presentando argumentos a favor de la educación laica.
Al respecto, la Dra. Debono expuso los argumentos que presentará a favor de la educación laica, “la norma es inconstitucional, ya que viola los tratados internacionales y muy especialmente la Convención de los Derechos del Niño, la CEDAW y la Convención de Belém Do Pará. Tampoco resiste el test de constitucionalidad, ya que la norma, sancionada por el gobierno de Uturbey, viola el principio de legalidad en razón del artículo 31 de la Constitucional Nacional. Estos son los argumentos de orden legal.”
Y continúo, “también existen los argumentos de orden fáctico, como ser por ejemplos la multiculturalidad reconocida por la Constitución.” Explicó que en Salta hay registrados 44 credos en la Secretaria de Cultos, pero en las escuelas solo se enseña la religión católica. Además, es la provincia que cuenta con la mayor cantidad de pueblos originarios. “La ley tampoco está respetando la cultura y la creencia de estos pueblos”, concluyó.
Estado Laico
Sobre las funciones del Estado, la letrada comentó que “el Estado no puede encarnar valores morales, ideologías políticas ni religiosas. Su función es la de proteger a los ciudadanos en sus libertades individuales y su libertad de culto y de expresión. Debe, proteger las garantías reconocidas tanto en la Constitución como en los tratados internacionales. El Poder Judicial tiene el control de la constitucionalidad de las normas dictadas por los poderes legislativos. Por eso apelamos para que cese la vulneración de garantías constitucionales.”
La ley 1.420 que regulaba al sistema educativo fue reemplazada por la Ley de Educación Nacional 26.206 en el 2006 y aplicada de forma completa a partir de 2015. El artículo 8 de la ley 1420 definía que no se podía impartir educación religiosa en las escuelas públicas, pero fue derogado en medio de una gran polémica sobre la necesidad de garantizar la educación pública laica. Actualmente hay un vacío legal sobre el tema, la actual Ley Nacional de Educación establece en su artículo 4º la “igualdad, gratuidad y equidad” pero no el carácter laico.
Hoy, tres provincias permiten en sus constituciones la enseñanza religiosa (Salta, Catamarca y Tucumán) y en Salta desde 2008 se la implementa en escuelas públicas. En Córdoba, La Pampa, San Luis y Santiago del Estero la legislación permite la enseñanza religiosa no obligatoria. Sólo la Ciudad de Buenos Aires y Neuquén se declaran laicas en diferentes aspectos.
Transmisión por internet
La Corte Suprema de Justicia de la Nación difundió que la audiencia sobre la educación religiosa en Salta se transmitirá en vivo por el Centro de Información Judicial a través de la página www.cij.gov.ar/cijtv.