Hasta el 12 de diciembre se encuentran abiertas las inscripciones para integrar la Comisión Provincial de Teatro Independiente.
La inscripción se realizará en la Dirección Artística de Teatro, en el 2º piso del Ente Cultural de Tucumán (San Martín 251), de 9 a 12 hs.
Ley provincial del teatro
La propuesta se enmarca en la Ley Provincial de Teatro Nº 7.854, sancionada en el año 2006 que nunca fue reglamentada. La misma implica la creación de un Fondo de Promoción del Teatro Independiente, un Sistema de Censo Permanente de la actividad y responsabilidades de gestión por parte del Ente de Cultura.
Según establece la normativa, el Fondo de promoción contará con recursos propios, y los beneficiarios y beneficiarias serán los proyectos de teatro independiente formulados por quienes estén inscriptos en el Sistema Censal Permanente de Teatro y sean aprobados por la Comisión Provincial del Teatro Independiente.
La comisión será integrada por dos representantes de la Asociación Argentina de Actores – Filial Tucumán, de los cuales, por lo menos uno debe estar domiciliado y desarrollar actividad en el interior de la Provincia; un representante de los grupos independientes; un representante del movimiento de teatro popular; un representante del Instituto Nacional del Teatro; un representante de los Autores Teatrales; un representante de los Técnicos; un representante de los Directores; y un representante de los Titulares de Salas Teatrales.
La normativa también establece que los miembros de la Comisión se desempeñarán ad honórem por un período de dos años con posibilidades de ser reelegidos.
Publicación de resultado
La nómina de los inscriptos se exhibirá el día 13 de diciembre. Las impugnaciones se podrán realizar el día 18 de 9 a 12 horas. La Resolución de las impugnaciones, el día 19 de Diciembre de 2019 y la exhibición de la nómina definitiva, el día 20 de Diciembre de 2019.
La realización del Acto Eleccionario se hará el día 23 de Diciembre de 9:00 a 15:00hs, en la Sala de Usos Múltiples (S.U.M.) en planta baja del Ente Cultural.
Requisitos
- Será requisito para elegir y ser elegido representante de los distintos sectores anunciados en los incisos precedentes, estar inscriptos en el Sistema Censal, con dos (2) años de antigüedad en la actividad teatral, prevista en el Art. 9º de la Ley 7854.
- Por cada miembro titular se elegirá un suplente.
- Los miembros de la C.P.T.I. se desempeñarán con carácter ad-honoren, por un periodo de dos (2) años y son reelegibles.