Hace 23 días el Sistema de Salud de Tucumán (SIPROSA) pone obstáculos a una niña de 11 años para acceder a la interrupción legal del embarazo (ILE) producto de una violación. Ya tuvo más de 8 entrevistas con profesionales de la salud, funcionarios de la salud pública, del Juzgado de Familia, Defensoría de Menores, pasó por la cámara gessel, y manifestó en distintas oportunidades su deseo de no estar embarazada.
El 29 de enero, el área operativa Garmendia, del noreste tucumano, informó a las autoridades del SIPROSA sobre el caso de una niña de 11 años que ingresó al sistema de salud con un embarazo producto de una violación. Desde allí se sumaron cada día las barreras y las maniobras dilatorias.
El último día de enero, la nena llegó junto a su madre por primera vez al Hospital Eva Perón, ubicado en la Banda del Río Salí en las afueras de la capital de la provincia. Recorrió más de 100 kilómetros en la ambulancia desde la comuna Siete de abril. Allí le hicieron una ecografía que marcó 20 semanas de gestación. En ningún momento le informaron a la familia la posibilidad de acceder a una ILE.
Ese día, la niña fue recibida por la jefa de tocoginecología, Tatiana Obeid y la subdirectora del hospital, Alicia Roque. Prohibieron la intervención al equipo de salud mental y a servicios sociales de esa institución sanitaria.
“Acá no se va hacer nada”, dijo de manera prepotente la subdirectora al equipo de salud del hospital. Se refería a que no se realizaría el aborto no punible a pesar de ser un derecho de la niña contemplado desde 1921 en Código Penal. Tampoco se cumplió con el protocolo interinstitucional de la provincia para casos de abuso sexual infantil. Al contrario de lo que marca esta guía de buenas prácticas, la menor no quedó hospitalizada a la espera de un abordaje integral y de la corroboración de que el victimario no se encontrará en el hogar.
La madre de la niña denunció en la Unidad Regional Este de la policía provincial que su hija fue abusada sexualmente por el concubino de la abuela materna. A pedido de la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Integridad Sexual, a cargo de María del Carmen Reuter, el acusado quedó detenido.
A punto de cumplir 21 semanas de gestación forzada, la niña ingresa por segunda vez al Hospital Eva Perón, donde accedió a la primera entrevista con una psicóloga externa a la institución. La madre remarcó que, hasta ese momento, ningún profesional le informó sobre la ILE. Por fuera de las prácticas habituales, también intervino el director de Salud Mental del SIPROSA, Walter Sigler, quien supervisa el caso.
La niña pidió en reiteradas oportunidades, como consta en la investigación penal y en la documentación clínica que constata su paso por la salud pública, la interrupción del embarazo. La madre, que en un principio acompañaba la decisión, no firmó el consentimiento para que se realice la práctica, ya que en el hospital del Este una profesional de la salud hizo hincapié en los riesgos que implicaba llevar adelante la intervención.
Apenas mediatizado el caso, el 9 de febrero, el secretario Ejecutivo del SIPROSA, Conrado Mosqueira, anticipó que se puso a disposición de la justicia provincial la aplicación de la ILE. “Las leyes establecen que una víctima de violación puede acceder a la interrupción legal del embarazo (ILE) y en la provincia no hay impedimentos para hacerlo, pero se deben cumplir con todos los requisitos legales”, señaló Mosqueira.
El Protocolo de Aborto No Punible del ex Ministerio de Salud de la Nación, que rige en todo el país, establece que: “en el caso de las niñas y adolescentes menores de catorce años, se deberá respetar su derecho a ser escuchadas y a que su opinión sea tenida en cuenta. Esto se basa en el principio de la “autonomía progresiva”. Sus representantes legales, o los que sean nombrados especialmente para el caso, deberán participar en conjunto con la niña o adolescente en la toma de decisiones, y deberán firmar el consentimiento informado y la declaración jurada de la violación cuando corresponda. Si existiera una negativa injustificada de sus padres, tutores o encargados de acompañar la decisión de la niña o adolescente se procederá de acuerdo a lo establecido en el art. 61 del Código Civil, que establece que “cuando los intereses de los incapaces, en cualquier acto judicial o extrajudicial, estuvieren en oposición con la de sus representantes, dejarán éstos de intervenir en tales actos”.
El 11 de febrero, en la cámara gessel, habiendo alcanzado 22 semanas de gestación, la niña manifestó nuevamente, de interrumpir el embarazo. Allí, la fiscal interviniente, solicitó un informe al equipo médico forense sobre los riesgos de vida de la paciente.
La junta médica, conformada por el secretario ejecutivo médico Gustavo Vigliocco, Graciela Lavado y Alfredo Bunader, entre otros, consigno el 12 de febrero que los riesgos de continuar el embarazo serían: hipertensión arterial, diabetes gestacional, restricción del crecimiento, anemia, parto prematuro, entre otras. Para estos profesionales, que la menor de 11 años sufra estas posibles consecuencias no serían “significativas”.
Además, Vigliocco afirmó en una entrevista mediática que la niña estaba en condiciones de continuar el embarazo. “Consideramos los riesgos, pero ella es grande de contextura, tiene más de 50 kilos y 1,55 metros”, opinó.
El colectivo feminista se hizo eco del caso y a través de la red de organizaciones Ni Una Menos – Tucumán, comunicaron que “la niña fue internada con intentos de suicidio por el trauma de su embarazo forzado y el sistema de salud provincial, lejos de respetar su decisión, ha judicializado indebidamente el acceso a la salud, ha violado la confidencialidad de la relación sanitaria y ha incurrido en violencia y tortura revictimizándola, exponiéndola al escarnio público y a la dilación en el acceso a la alternativa terapéutica lícita que la niña ha escogido”.
Después de dos semanas, llegando a la semana 23, la situación de la niña se asemeja a la de una rehén atrapada en la habitación del hospital por obstáculos que le imponen desde el Estado.
“Esta niña, como persona gestante debe contar con una atención sanitaria ajustada a su edad, necesidades y condiciones subjetivas, lo cual exige un abordaje integral que incorpore una evaluación social y una intervención desde la salud mental, capaz de acompañarla y brindarle la información a la que tiene derecho”, expresó la Red de Profesionales de la Salud por la Vida y por el Aborto Legal de Tucumán en un comunicado público.
Distintas autoridades judiciales entraron en juego y sumaron nuevas intervenciones y audiencias contrariando lo dispuesto por la CSJN en el fallo del caso FAL.
“Es el Estado, como garante de la administración de la salud pública, el que tiene la obligación (…) de poner a disposición, de quien solicita la práctica, las condiciones médicas e higiénicas necesarias para llevarlo a cabo de manera rápida, accesible y segura. Rápida, por cuanto debe tenerse en cuenta que en este tipo de intervenciones médicas cualquier demora puede epilogar en serios riesgos para la vida o la salud de la embarazada. Accesible y segura pues, aun cuando legal en tanto despenalizado, no deben existir obstáculos médicoburocráticos o judiciales para acceder a la mencionada prestación que pongan en riesgo la salud o la propia vida de quien la reclama”, dictamina el considerando 25 de la sentencia.
La dirección de Niñez, Adolescencia y Familia de la provincia, el 18 de febrero, expresó que se debe tener en cuenta el deseo manifestado por la niña de acceder a la interrupción legal del embarazo, de acuerdo a lo que establecen las normativas vigentes.
Si no fuera suficiente la intervención estatal en el caso, el 19 de febrero, la jueza de Familia Valeria Judith Brand, el Gabinete psicosocial del poder judicial y funcionarios de la Defensoría de Menores, entrevistaron nuevamente a la niña, y establecieron un régimen de visitas para ver a su familia.
Como broche de este caso, la fiscala penal Adriana Gianonni, quien en la puerta de su oficina colgaba carteles con la leyenda “no cuentes conmigo”, referidos a la legalización del aborto, inicia “actuaciones preliminares por posible comisión de delito acción pública”, amedrentando y disuadiendo al equipo médico que pretenda realizar la interrupción legal del embarazo.
Desde el Colectivo Ni una menos Tucumán alertaron que legalmente cualquier diferencia entre la decisión de la madre y la decisión de la niña debe ser resuelta por el personal de la salud que la asiste teniendo en miras el interés superior de la niña y el bienestar de su salud siguiendo el protocolo ILE. Además, el Comité de los Derechos del Niño, recomendó específicamente a Argentina, el 1 de octubre de 2018, que garantice el acceso al aborto seguro para todas las niñas.
El Comité de América Latina y el Caribe para la defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM), la fundación Mujeres Por Mujeres, la Guardia Feminista de Católicas por el Derecho a Decidir, y la fundación Huésped son las organizaciones que solicitaron informes y exhortaron al Estado tucumano a cumplir con sus obligaciones hacia la menor.
Resta esperar el desenlace. ¿El Estado tucumano obligará a parir a una niña de 11 años o respetará su voluntad?
Por Helena Guerrero