La jueza de Familia Valeria Brand emitió un fallo sobre la filiación de la neonata nacida con vida luego de la interrupción legal del embarazo de la niña Lucía. Las organizaciones que acompañan el caso expresaron que resoluciones cómo estás contribuyen a desmantelar construcciones culturales acerca de la obligación de maternar.
Desde las organizaciones Cladem Argentina y Andhes Derechos Humanos, como organizaciones que acompañan el caso Lucía, celebran el fallo T.A.S que dictó la justicia de familia el día 19 de marzo de este año.
En dicho fallo, la jueza de Familia Valeria Judith Brand reafirmó la interpretación efectuada por la Corte Suprema de Justicia en el caso F.A.L y refiere a la filiación existente en aquellos casos en que haya un nacimiento con vida, no obstante habiendo requerido la familia de la menor gestante una solicitud de interrupción legal del embarazo.
La jueza interpreta, teniendo en cuenta los derechos de Lucía y su interés superior, que estos no sólo deben resguardarse en la esfera de la salud, sino también en el ámbito administrativo. En este sentido, expresa el fallo que “debe tenerse presente que desde el momento en que la niña T.A.S. conjuntamente con su representante legal solicitara se le practique una Interrupción Legal del Embarazo no deseado que venía transitando, producto de un abuso sexual intrafamiliar, debe tenerse a T.A.S. como una persona gestante sin voluntad procreacional, carente de toda intención de maternar por lo cual la inscripción del eventual nacimiento de esa neonata no puede ni debe reflejar otra circunstancia distinta”.
Desde las organizaciones señalaron que “resoluciones cómo estás contribuyen a desmantelar construcciones culturales acerca de la obligación de maternar impuesta a las mujeres y niñas y reafirman los derechos que nuestro estado consagró en su Carta Magna”.