Una mayoría de 4 votos negó el beneficio a un represor, una de cuyas víctimas fue la hija de Estela de Carlotto. El titular del tribunal, Carlos Rosenkrantz, se opuso.
La Corte Suprema de Justicia determinó que el beneficio del 2×1 para los casos sin condena firme no se aplica a penas por delitos de lesa humanidad. La resolución se dictó para el caso del ex militar Rufino Batalla, condenado a 12 años de prisión, y entre cuyas víctimas está Laura, la hija de Estela de Carlotto.
De este modo se distanció del fallo que dio a conocer en 2017 sobre el represor Luis Muiña. El Tribunal Supremo lo decidió por cuatro votos contra uno, con la disidencia del presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz.
En el caso Muiña, Lorenzetti y Maqueda también habían votado por la negativa, mientras que Rossati, Highton de Nolasco y Rosenkrantz se manifestaron a favor. El giro ocurre tras la ley que votó el Congreso luego de la polémica que generó dicho fallo.
La ley del 2×1 rebajó en los 90 a la mitad el cómputo de la pena de un condenado que hubiera pasado como procesado más de dos años en prisión preventiva y sin condena cada uno de esos días extra previstos por la ley para el encarcelamiento provisorio. Fue dictada durante el gobierno de Carlos Menem para descomprimir la situación carcelaria y en 2001 fue derogada, pero jamás había sido pensada para los casos de lesa humanidad.