La Corte Suprema falló en favor del reclamo de las provincias

Con un fallo en contra de las medidas de Mauricio Macri, la Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció que la reducción de los impuestos al valor agregado (IVA) “no puede afectar los fondos de coparticipación” que corresponden a las provincias.

Con un fallo en contra de las medidas de Mauricio Macri, la Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció que la reducción de los impuestos al valor agregado (IVA) “no puede afectar los fondos de coparticipación” que corresponden a las provincias.

El máximo tribunal concedió una medida cautelar al reclamo planteado por 15 estados provinciales que realizaron por separado. Tanto la reducción del IVA como la modificación del impuesto a las ganancias no pueden afectar el flujo de recursos de la coparticipación federal hacia Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán, aclaró la Corte.

Cómo metodología el Máximo Tribunal tomó puntualmente el caso de Entre Ríos pero se hace extensivo a todos los peticionantes. Aunque no se se pronunciaron por la inconstitucionalidad o no del Decreto 567/19, señalaron que la eliminación del IVA de un grupo de alimentos; y del 561/19, que modificó el alcance del impuesto a las ganancias sobre los salarios.

Si se hubieran tomado esas medidas se disminuirían un $1.000 millones en recursos. En cuanto a las otras provincias serían de -6.045 millones para Buenos Aires; -2.535 millones para Santa Fe; -2.518 millones para Córdoba; -1.665 millones para la Ciudad de Buenos Aires, -1.373 millones para Chaco; -1.310 millones para Tucumán; -1.148 millones para Mendoza y -1.137 millones para Santiago del Estero.

La reducción de estos tributos fueron anunciados por el gobierno nacional tras las PASO del 11 de agosto.

El fallo en favor de las medidas cautelares de la provincia fue firmada por tres votos contra uno (el presidente Carlos Rosenkrantz firmó en disidencia, y la vice, Elena Highton, no lo hizo). La misma dispone que los costos fiscales que surjan de la aplicación de los decretos 561/19 y 567/19 del Poder Ejecutivo Nacional y de las resoluciones generales de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) 4546/19 y 4547/19, sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional.

Manzur celebró la decisión de la Corte

Por su parte el gobernador Juan Manzur, uno de los que presentó la cautelar a través del Fiscal de Estado, celebró la decisión.”La Corte, con este fallo, ratificó el federalismo. Confirma lo que venimos diciendo desde que se adoptaron las medidas: el Gobierno nacional está en su derecho de tomar medidas, pero con la plata del Presupuesto nacional, no con la de las provincias”.

La eliminación del IVA afectaba directamente a la coparticipación federal, en donde a Tucumán le corresponde un 4,94 %, de acuerdo a la Ley N°23.548.

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Manzur junto a los Gobernadores

“Nación violó el Consenso Fiscal de 2018”, indicó el fiscal de Estado, Federico Nazur y agregó que ambos instrumentos , la Coparticipación y el Consenso, habían sido pactados entre Nación y las Provincias, son leyes convenio aprobadas”.

Foto de portada: Web de Corte Suprema de Justicia

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