Se reglamentó el cultivo de cannabis para uso medicinal

Fue publicada en el Boletín Oficial, establece las condiciones para la producción, difusión, manejo y acondicionamiento en invernáculos del cultivo de cannabis destinado a la producción de aceite medicinal.

Finalmente, se reglamentó la ley 27.350 de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados, promulgada el 29 de marzo de 2017.

La reglamentación que fue publicada ayer en el Boletín Oficial, establece las condiciones para la producción, difusión, manejo y acondicionamiento en invernáculos del cultivo de cannabis destinado a la producción de aceite medicinal.

El texto establece que para la elaboración del aceite se deberá contar con una autorización del Instituto Nacional de Semillas (Inase). Esta institución ejercerá el control de todas las instancias del proceso.

El predio deberá contar con las características de un lugar destinado a la producción agrícola o a la investigación, y se deberá designar un técnico que se haga responsable de esa tarea. En caso de detectarse anomalías se podrán aplicar multas de hasta cien mil pesos y llegar incluso a la prohibición, total o temporal del producto.   

Por el momento, sólo la provincia de Jujuy cuenta con los permisos necesarios para producir cannabis a través de la empresa Cannabis Avatara Sociedad del Estado en la Finca “El Pongo”, el primer predio habilitado con ese propósito por el ministerio de Seguridad. Gastón Morales, presidente de Cannabis Avatara Sociedad del Estado, además es hijo del gobernador.

La ley 27.350 estableció los lineamientos normativos a los que deberán ajustarse las actividades que involucren la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados en el país. El artículo seis de la reglamentación autorizó el cultivo de cannabis con fines médicos, científicos y de la investigación, así como para elaborar la sustancia para el tratamiento medicinal. 

El Decreto 738, del 21 de septiembre de 2017, aprobó a su vez la reglamentación de la ley para poner en funcionamiento el “Programa Nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales”.

La reglamentación de la ley que habilita la producción de cannabis con fines medicinales, ya entró en vigencia luego de su publicación en el Boletín Oficial. 

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