¿Dónde denunciar irregularidades durante las elecciones?

Presentar un DNI falso, amenazar a un elector para que voto, sustraer boletas o destruirlas son algunos de los ilícitos que se podrán denunciar el domingo.

A pocos días de las elecciones provinciales, la Junta Electoral detalló una serie de prácticas irregulares que ameritarán ser denunciadas y una sanción correspondiente:

  • La presentación de DNI falso al momento de votar
  • Sustraer o destruir boletas o urnas durante el acto comicial
  • Adulterar certificados y actas de mesa o telegramas
  • Reemplazar boletas de votación oficializadas por votos no oficializados
  • Retener el documento para evitar que el elector vote
  • Amenazar a un elector para que no vote
  • Obligar a un elector a votar por un determinado candidato
  • Amenazar a los electores con suspender los beneficios de programas sociales si no emiten el sufragio a favor de un candidato, partido político o frente
  • Quien votare por otro utilizando un DNI falso
  • Falsear los datos en las actas y certificados de escrutinio.

Cualquier persona puede denunciar estas prácticas ante la Junta Electoral Provincial, la Policía de la provincia, la Fiscalía de Instrucción de turno y las Oficinas de Recepción de Denuncias del Ministerio Público Fiscal en los Tribunales de Capital y Centros Judiciales de Monteros y Concepción. Sin embargo, al mismo tiempo, advirtió que será sancionado todo el que presente una denuncia falsa.

Actividades prohibidas

Con la intención de que la población conozca qué tipo de actividades están prohibidas durante la jornada electoral, la JEP precisó que no se pueden hacer reuniones de electores, abrir locales partidarios ni entregar boletas electorales en un radio de 80 metros alrededor de las escuelas donde se vota; tampoco se pueden hacer espectáculos de cualquier tipo hasta tres horas después del cierre del comicio el 9 de junio por lo que la JEP podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción.

Tampoco se puede portar armas, usar divisas, banderas u otros distintivos desde 12 horas antes del inicio de los comicios y hasta tres horas después del cierre, a las 18.

No se podrá realizar actos públicos de proselitismo ni publicar o difundir encuestas y sondeos preelectorales desde 48 horas antes de los comicios y hasta tres horas después del cierre del acto electoral. Los fiscales generales o de mesa de los partidos políticos tampoco podrán hacer control de asistencia de electores a la votación en un radio de 80 metros de las escuelas donde se sufrague.

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